jueves, 28 de febrero de 2013

The SAGA Explorer: Un caso reciente sobre B/L

Dentro de la revisión habitual de documentos que realizan quienes se dedican al comercio internacional es causa de enorme inquietud el tema de los B/L. ¿Cuándo podemos considerar que un B/L o conocimiento de embarque es limpio? http://bit.ly/VQ0N5r

   
 
Por: Liliana Rodríguez* 
Se supone que un capitán de un barco no debe firmar un B/L cuando note que la mercancía entregada tiene defectos evidentes. El capitán está obligado a mencionar en el B/L los defectos aparentes de la carga recibida. 

Sin embargo, este principio general, está matizado por algunas proformas especializadas que permiten al capitán recibir sin anotaciones ciertas cargas aun cuando las mismas pudieran tener defectos. Un ejemplo de estas cláusulas se denomina “Retla”, que aunque es utilizada en la industria del acero tiene relevancia en otras mercancías pues existen también otros B/L especializados con principios similares. Por este motivo, es de interés seguir el caso Saga Explorer y entender su aplicación a diferentes tipos de B/L.

Recientemente, las cortes inglesas expidieron una decisión en el caso “The Saga Explorer” . El “TheSaga Explorer” es un barco destinado para el comercio del acero. El capitán de dicha nave recibió una carga de acero evidentemente oxidada. Pese a que de acuerdo a las normas de la Haya, el capitán hubiera estado obligado a expresar en el B/L la falta de conformidad de la carga, no lo hizo.El capitán decidió expedir un “clean B/L”, es decir, un conocimiento de embarque “limpio” y sin anotaciones considerando a la carga como adecuada, pese a su evidente estado de oxidación. El capitán tomó esta determinación, pues estaba utilizando un B/L con una cláusula usual en la industria del acero denominada RETLA que permite a un capitán considerar adecuada una carga de acero, si tiene un nivel de oxidación superficial. 

En este caso, el comprador de la carga al recibirla y notar que la misma tenía un alto grado de oxidación decidió demandar al naviero por haber expedido un “cleanB/L”. Las cortes inglesas le otorgaron la razón al comprador. 

Este es un caso que demuestra cómo, pese a que las letras pequeñas de un B/L puedan eximir al naviero de muchas de sus responsabilidades, en realidad, prima el concepto de protección a quien recibe la carga. De otra parte, también muestra que el capitán tiene la obligación de expresar en el B/L cuando sea evidente que una carga no cumple con las condiciones requeridas. En este caso, el fallo de las cortes inglesas puede obligar al naviero a indemnizar a todas aquellas personas que hicieron transacciones con fundamento en este B/L que no expresaba la verdad sobre el estado real de la carga.

En conclusión, no todas las excepciones en las cláusulas del B/L deben tomarse en su sentido literal. En algunos casos, las cortes, con base en los criterios de razonabilidad y buena fe que deben regir las operaciones navieras, pueden hacer exigibles obligaciones que aparentemente están excluidas por las letras pequeñas en un B/L.


*Abogada y Socia - Rodríguez Retamoso& Asociados SAS
E-mail: lrodriguez@rodriguezretamoso.co.uk
www.rodriguezretamoso.co.uk

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