miércoles, 17 de julio de 2013

¿El Canal interoceánico de Nicaragua generaría competitividad en el transporte mundial de mercancías?

El comercio mundial ha crecido a un ritmo del 12% anual, durante los últimos cinco años. Nuevas rutas de comercio, buques portacontenedores con medidas más grandes (pospanamax) y la firma de tratados de libre comercio, hacen de la creación del Canal Interoceánico de Nicaragua una alternativa para el intercambio de mercancías en las rutas comerciales entre el Océano Atlántico y el Pacífico. Ver en el portal: http://bit.ly/11WMGjV Ver el documento completo: http://bit.ly/13ODCyS



La Asamblea Nacional de Nicaragua (AN) aprobó el 13 de junio del 2013, la Ley Especial para el Desarrollo de Infraestructura y Transporte Nicaragüense Atingente al Canal, Zonas de Libre Comercio e Infraestructura Asociada.

La ley regulará las concesiones y los incentivos otorgados a los inversionistas que participen en la conformación y ejecución del canal y la infraestructura relacionada con este, bajo el Acuerdo Macro de Concesión e Implementación (MCA).

El MCA, celebrado en junio del 2013 entre el Gobierno de la República de Nicaragua, representado por el presidente Daniel Ortega Saavedra; La Comisión del Proyecto de Desarrollo del canal de Nicaragua, creada bajo esta Ley; la Autoridad del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua; HK Nicaragua Canal Development Investment Co. Limeted (HKND Group), sociedad de responsabilidad limitada con Wang Jing como presidente y único socio, y demás inversionistas acuerda las facultades otorgadas a los inversionistas para el desarrollo del proyecto del canal.

Entre estas disposiciones, está la concesión de pleno poder a los inversionistas para cumplir con las obligaciones según el MCA, el otorgamiento de la concesión y su respectivo plazo al patrocinador correspondiente; desarrollar y operar el sub proyecto; utilizar y recibir los beneficios de este; establecer y recolectar los peajes, tarifas, tasa y rentas; recaudar inversión de capital y financiamiento para el sub proyecto; la concesión del canal húmedo por 50 años renovable una vez más, la exclusividad en el proyecto del canal seco, las zonas de libre comercio, los aeropuertos, los puertos, oleoductos y demás infraestructura atinente al canal.

Según empresarios de Nicaragua la Ley, mencionada anteriormente, perjudica la propiedad privada, ya que les da a los inversionistas plena autoridad para realizar pagos por expropiación de tierras que se encuentren en la vía del canal. Adicionalmente, el presidente Daniel Ortega entregó como garantía del proyecto las reservas internacionales del país, sin tener en cuenta la autonomía del Banco Central de Nicaragua (BCN).

Ambientalistas y comunidades indígenas, como Rama y Creole, se han opuesto al proyecto del canal, ya que la principal reserva de agua dulce se afectaría, los indígenas serían expropiados de sus tierras y la selva de Nicaragua se reduciría considerablemente.

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